Lo más relevante: 

  • La Asamblea Nacional de Francia aprobó una propuesta de enmienda en el marco de las discusiones sobre el presupuesto de 2027 que propone gravámenes directos a las permutas entre criptomonedas y stablecoins reguladas. 
  • De ratificarse el texto, los contribuyentes deberán abonar una retención del 31,4% (flat tax) sobre las plusvalías netas acumuladas al momento de transferir sus fondos a monedas estables. 
  • Esta iniciativa representa un endurecimiento significativo de las políticas fiscales hacia el ecosistema cripto en la Unión Europea. 

Fiscalidad de criptomonedas: Francia se endurece con la Enmienda I-3898 y el nuevo impuesto a las stablecoins

El marco tributario aplicado a los activos digitales en el entorno europeo enfrenta un giro regulatorio significativo. La aprobación en sesión pública de la Enmienda I-3898 introduce una reforma estructural al artículo 150 VH bis del Código General Tributario, precepto que consolida el régimen de tributación sobre las plusvalías obtenidas por personas físicas.

La modificación elimina de manera explícita la exención aplicable a los intercambios de tokens de dinero electrónico amparados por el Reglamento MiCA. Según la exposición de motivos de los legisladores, la normativa anterior abría un resquicio legal que permitía diferir la carga impositiva al mantener las ganancias latentes en stablecoins sin la correspondiente activación de la obligación tributaria. 

Cambio en el hecho imponible: de cripto a stablecoins

El elemento central de la reforma altera la secuencia impositiva en las permutas entre criptoactivos. Bajo el esquema previo, un inversor que ejecutaba la conversión de bitcoin (BTC) a USD Coin (USDC) no generaba un hecho imponible inmediato. En este caso, la liquidación fiscal se postergaba hasta la conversión a euros o la adquisición de bienes y servicios. 

Con la entrada en vigor de este ajuste, la simple permuta hacia un token de dinero electrónico activará la aplicación de una tasa fija del 31,4 %. Por ende, los contribuyentes asumirán un pasivo impositivo directo sin necesidad de liquidar sus posiciones hacia moneda de curso legal.

Alcance regulatorio bajo la normativa MiCA y cálculo de costes

El ámbito de aplicación de este gravamen se restringe de forma exclusiva a los tokens de dinero electrónico. Aquellos que son catalogados bajo el marco regulatorio MiCA, categoría en la que destacan instrumentos como USDC y EURC. 

A fin de aportar trazabilidad al sistema, la enmienda fija el criterio de valoración para operaciones sucesivas. El precio de adquisición de los tokens recibidos computará formalmente por su valor de mercado al momento exacto del intercambio. Esta precisión técnica busca establecer una base de costo clara para la determinación de futuras ganancias de capital en ventas posteriores.

Pese a la severidad de la medida, el texto legislativo no abarca la totalidad del ecosistema de monedas estables. Según análisis elaborados por la firma de inteligencia de cadena de bloques Chainalysis, activos de alta liquidez como USDT quedarían excluidos del alcance impositivo de esta reforma al operar bajo métricas distintas dentro del esquema legal. 

Este trato diferenciado plantea interrogantes sobre la conducta de los participantes del mercado. Advirtiéndose un potencial desplazamiento del volumen de negociación hacia plataformas no reguladas e instrumentos exentos.